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Sector Primario con cambios sustanciales

27 Oct 2022

La autoridad fiscal en México implementó este año 2022 modificaciones a distintos regímenes tributarios con el fin de simplificar el pago de impuestos. Uno de los cambios más importantes fue la creación del Régimen Simplificado de Confianza. Como toda modificación fiscal trajo impactos a los entes económicos del país.

Uno de ellos, el sector primario, agrupa actividades Agrícolas, Ganaderas, Pesqueras y Silvícolas comúnmente conocidas como AGAPES; establece que las personas físicas ya no podrán pertenecer al régimen fiscal.

Las personas físicas que pertenecían a este Régimen (AGAPES) contaban, ya no, con beneficios indicados dentro de la fracción III del artículo 74 de la LISR. Tal fracción se ha derogado. Algunos de los beneficios estaban, No elaborar declaración provisional o anual. Tendrán 6 meses a partir del primero de enero de 2022 para realizar todos los procedimientos que les permitían devoluciones y saldos de todos los meses anteriores.

De ahora en adelante las personas físicas con actividades AGAPES pasarán al nuevo Régimen Simplificado de Confianza. Sin embargo, no se limitarán los apoyos económicos que reciben los contribuyentes de ese sector.

Es importante destacar que se entiende por actividades agrícolas la siembra, cultivo, cosecha y la primera enajenación de los productos obtenidos del campo que no hayan sido objeto de transformación industrial.

Las actividades ganaderas corresponden a la cría y engorda de ganado, aves de corral y animales, igualmente la primera enajenación de sus productos sin ser procesados.

Por su parte las actividades pesqueras incluyen la cría, cultivo, fomento y cuidado de la reproducción de toda clase de especies marinas y de agua dulce. Incluidos la acuacultura, captura y extracción de las mismas y la primera enajenación de productos sin ser procesados industrialmente.

Finalmente las actividades silvícolas consisten en el cultivo de bosques o montes, cría, conservación, restauración, fomento y aprovechamiento de la vegetación de los mismos e igual que las actividades anteriores la primera enajenación de sus productos que no hayan sido industrializados.

Por su parte las personas morales tributarán en el Régimen General de Ley y deberán calcular y enterar por cada uno de sus integrantes, los pagos provisionales de ISR e IVA aparte de cumplir con sus propias  obligaciones. Sólo si sus ingresos no excedan anualmente 702 mil pesos en 2022 por cada uno de sus integrantes no está obligados a presentar declaraciones provisionales y anual de ISR así como las correspondientes de IVA.

Y deberán llevar un registro por separado de cada operación de ingresos y egresos por cada integrante.

Sin duda este 2022 está siendo un año lleno de desafíos para los entes económicos, pero en particular los AGAPES enfrentan un reto mayor.

Los profesionales de la contaduría pública y administración que se desempeñan en empresas que caen en los supuestos anteriores deben mantenerse actualizados para cumplir con las obligaciones y aplicaciones de las reformas fiscales.

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