¿Cuáles son las facultades del SAT?
El artículo 31, fracción XI de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal dispone que es la SHCP Secretaría de Hacienda y Crédito Público a quien le corresponde cobrar impuestos, contribuciones de mejora, derechos, productos y aprovechamientos federales en los términos de las leyes aplicables y vigilar y asegurar el cumplimiento de las disposiciones fiscales. Estas facultades las ejerce el Servicio de Administración Tributaria (SAT), como órgano administrativo desconcentrado, subordinado a dicha secretaría.
¿En qué consisten estas facultades del SAT?
Recaudación: cobro de impuestos, contribuciones de mejoras, derechos, productos y aprovechamientos federales, y
Fiscalización: vigilancia y aseguramiento del cumplimiento de las disposiciones fiscales.
Así, las facultades que la autoridad fiscal requiere para cumplir sus cometidos serían:
* Facultades de comprobación para verificar el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
* Facultades de determinación, que implican para liquidación del importe de créditos fiscales y sus accesorios.
* Facultad económico-coactiva para efectuar el cobro forzoso de los créditos fiscales.
* Facultades de gestión, consisten en asistencia, control y vigilancia para el cumplimiento de las obligaciones fiscales.
* Facultad sancionadora, es la posibilidad de imponer multas u otras medidas correctivas por infringir las disposiciones fiscales.*
* Facultad para emitir disposiciones de carácter general (facultad reglamentaria)
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