LEY DEL IMPUESTO AL VALOR AGREGADO
La Ley del IVA fue una de las leyes que más modificaciones tuvo para el presente año al incluir en esta Ley l Capítulo III Bis "De la prestación de servicios digitales por
residentes en el extranjero sin establecimiento en México", incluyendo una Sección I denominada "Disposiciones Generales" y una Sección II definida como "De los servicios digitales de intermediación entre
terceros" y que entro en vigor el pasado 01 de junio de 2020, y que dicho sea de paso, causo demasiada confusión, primordialmente a las asociados personas físicas de las trasnacionales tecnológicas así como a los usuarios finales que vieron incrementado el costo de los servicios digitales, que ya se venían pagando sin considerar el IVA. Por lo tanto, la iniciativa de reforma para 2021 continua en el mismo tenor de precisar y adecuar algunos aspectos regulatorios a los servicios digitales y de intermediación.
Reformarían la fracción XIV del Art. 15, LIVA