¿Ya te aplicaron el 42?
El artículo 42 del Código Fiscal de la Federación (CFF) establece las facultades de las autoridades fiscales para comprobar el cumplimiento de las obligaciones fiscales de los contribuyentes.
A través de revisiones electrónicas , la autoridad fiscal puede requerir a los contribuyentes, responsables solidarios o terceros, la presentación de información y documentación para comprobar el cumplimiento de sus obligaciones fiscales. Todo con el uso del Buzón Tributario.
Aunque las revisiones electrónicas son cada vez más frecuentes la autoridad fiscal también puede realizar visitas domiciliarias a los contribuyentes.
También pueden revisar dictámenes de contadores autorizados.
Los profesionales de la contaduría pública deben conocer a profundidad los derechos y obligaciones de los contribuyentes ante la fiscalización electrónica de impuestos. Tales como conocer el motivo y alcance de la revisión electrónica, a presentar la información y documentación que le permita solventar las observaciones y por supuesto a ser informado los hechos u omisiones señaladas por la autoridad.
En caso de recibir una notificación de revisión electrónica, es muy recomendable asesorarse con un contador o abogado fiscalista. Por esa razón es importante que los profesionales de la contaduría pública fiscalista se mantenga actualizado.
IDET CONSILIUM es una institución a nivel nacional especializada en la transferencia de conocimientos a la comunidad de profesionales de la contaduría pública y administración a través de programas de Educación Continua como cursos en línea, diplomados, talleres, seminarios de actualización fiscal y Posgrados.
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