AGAPES
La Reforma Fiscal 2022 afectó de manera directa a las AGAPES (Régimen de Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras). Las personas físicas que se dedican a este sector no pueden rebasar los $3,500,000 y no pueden ser socios o accionista de persona moral, en el caso del RESICO deberán llevar contabilidad, entregar declaraciones mensuales, o también llamados pagos provisionales, declaración anual. Si los ingresos no exceden los $900,000 efectivamente cobrados, se exenta el pago de ISR.
Consideremos que las obligaciones que hoy deben cumplir serán aplicadas a partir de este año 2022.
Un caso que ha generado incertidumbre es el relacionado con la retención del 1.25% para ello la autoridad fiscal dio a conocer en su portal el 25 de abril de 2022 la tercera versión anticipada de la tercera resolución de modificaciones a la RMISC 2022, en donde incluyó la regla 3.13.33. para prever que cuando las personas físicas que se dediquen exclusivamente a las actividades agrícolas, ganaderas, silvícolas o pesqueras, realicen operaciones derivadas de estas actividades con personas morales, estas últimas quedarán relevadas de efectuar la retención del 1.25 %, siempre que dichos ingresos se encuentren exentos y en el CFDI que ampare la operación, las personas físicas señalen en el atributo “Descripción”, lo siguiente: “Los ingresos que ampara este comprobante se encuentran en el supuesto de exención a que se refiere el artículo 113-E, noveno párrafo de la Ley de ISR”
Lo anterior resuelve el inconveniente para las personas físicas del que realicen actividades del sector primario a partir de la publicación en el portal del SAT de esta regla; sin embargo, queda la problemática para quienes llevaron a cabo este tipo de actividades antes de la publicación de la versión anticipada.
Dichos contribuyentes se verán en la necesidad de presentar la declaración anual y reflejar las cantidades retenidas (pese a que el ingreso esté exento), teniendo altas probabilidades de generar un saldo a favor en la declaración anual.
Los profesionales de la contaduría pública que se desempeñan como consultores fiscales deben mantenerse en actualización permanente para seguir aportando valor a sus clientes.
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