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Categoría: Finanzas Tiempo de lectura aproximado: 5 min

Durante años, buena parte del mundo cripto operó en México en una zona gris: ni prohibido ni plenamente regulado. Esa ambigüedad podría empezar a cerrarse. Con más de 700 fintech registradas en el país, la Comisión Nacional Bancaria y de Valores abrió el debate para llevar a las stablecoins, las finanzas descentralizadas y los NFT hacia un marco de supervisión formal.

De qué se está hablando

La discusión llega después de que la CNBV simplificara ocho trámites para las instituciones de tecnología financiera, un gesto que buscó dar oxígeno a un sector en expansión. El siguiente paso es más ambicioso: definir si instrumentos que hoy escapan a una regulación clara —las monedas estables ligadas al dólar, los protocolos de finanzas descentralizadas y los tokens no fungibles— deben quedar sujetos a requisitos prudenciales y de gobernanza. La CNBV es la autoridad que autoriza a las plataformas fintech a operar con activos virtuales permitidos y la que otorga las licencias para servicios cripto, de modo que es la instancia natural para trazar esa frontera.

Por qué es un debate y no todavía una regla

Conviene ser precisos: por ahora se trata de una discusión regulatoria, no de una norma vigente. Pero la dirección es reveladora. El sector fintech mexicano superó las 700 empresas en 2026, y su peso ya es demasiado grande para dejar categorías enteras sin supervisión. El debate marca hacia dónde se mueve la autoridad, y anticiparlo es más barato que reaccionar cuando la regla ya esté publicada.

Lo que viene para quienes tocan activos digitales

El desenlace tendrá efectos concretos. Empresas fintech, tesorerías que exploran el uso de cripto y los contadores que las asesoran deberán prepararse para nuevas obligaciones de cumplimiento, contabilidad y prevención de lavado de dinero sobre activos virtuales. El momento no es casual: coincide con un endurecimiento del régimen antilavado que ya suma obligaciones específicas para los proveedores de servicios de activos virtuales. En conjunto, el mensaje es que el terreno cripto en México camina hacia mayor formalidad, con más exigencias de gobernanza y trazabilidad.

Para el profesional, la lectura estratégica es clara. Quien entienda temprano cómo se regularán las stablecoins y los activos digitales tendrá una ventaja frente a quien espere a la certeza total. En innovación financiera, la anticipación es una forma de gestión de riesgo.

¿Crees que México debe supervisar las stablecoins y las finanzas descentralizadas, o que la regulación llegará tarde? Déjanos tu postura y suscríbete a nuestro newsletter para seguir de cerca la evolución regulatoria de las cripto.

Categoría: Jurídico Tiempo de lectura aproximado: 5 min

A cualquier contribuyente le ha pasado: entras al portal del SAT y el sistema no responde. El problema empieza cuando esa falla técnica tiene consecuencias jurídicas, una notificación que se tiene por hecha o un plazo que corre en tu contra. Un nuevo criterio del Tribunal Federal de Justicia Administrativa acaba de dar a los contribuyentes una herramienta concreta para defenderse.

Qué resolvió el tribunal

El TFJA fijó un precedente, el criterio aislado IX-CASR-9ME-9, relacionado con las inconsistencias en los sistemas de la autoridad fiscal, entre ellos el buzón tributario. Lo relevante es que reconoció que un procedimiento de queja presentado ante la Procuraduría de la Defensa del Contribuyente, la Prodecon, sirve para acreditar las fallas en la operación del portal del SAT. En otras palabras, ese trámite adquiere valor probatorio dentro de un litigio.

Por qué cambia las reglas del juego

Hasta ahora, cuando una consecuencia jurídica derivaba de un sistema caído, la carga de demostrar la falla recaía sobre el contribuyente, y probar algo tan efímero como una intermitencia del portal era casi imposible. El criterio abre una vía clara: la queja ante Prodecon, documentada en su momento, se convierte en evidencia utilizable. Esto reequilibra una relación que solía inclinarse a favor de la autoridad cada vez que la tecnología fallaba.

Cómo aprovecharlo en la práctica

El precedente premia a quien documenta. Si el buzón tributario o el portal fallan justo cuando corre un plazo o llega un requerimiento, la reacción correcta es dejar constancia inmediata: capturas de pantalla, registro de fecha y hora, y sobre todo la presentación de la queja ante Prodecon. Ese expediente, construido en el momento del incidente, es el que después podrá sostener una defensa. Improvisarlo semanas más tarde, cuando ya llegó la resolución adversa, rara vez funciona.

Para fiscalistas y litigantes, el criterio amplía el arsenal probatorio en un terreno donde la digitalización de la relación tributaria multiplica los puntos de fricción. Para los contadores, refuerza una disciplina que conviene volver hábito: tratar cada falla del sistema no como una molestia pasajera, sino como un hecho que debe quedar registrado. En un entorno donde casi todo se notifica y se resuelve por medios electrónicos, la evidencia oportuna es la mejor póliza de defensa.

¿Alguna vez una falla del portal del SAT te generó un problema y no supiste cómo probarlo? Comparte tu experiencia y suscríbete a nuestro newsletter para no perder los criterios que cambian la defensa fiscal.

Categoría: Economía Tiempo de lectura aproximado: 5 min

La narrativa dominante habla de aranceles, tensión comercial y un nearshoring que perdió impulso. Y sin embargo, los datos cuentan otra historia. Las fusiones y adquisiciones en México crecieron 17 por ciento en 2026, con operaciones por más de 11 mil 500 millones de dólares en el primer semestre. Cuando el discurso apunta a la incertidumbre, el dinero está haciendo lo contrario.

El dato que rompe el pronóstico

Entre enero y julio de 2026 se registraron operaciones de compraventa de empresas por 11 mil 578 millones de dólares, con un aumento del 17 por ciento en el número de transacciones respecto al periodo previo. El sector financiero encabeza el apetito, con movimientos como el acuerdo para la adquisición de Círculo de Crédito por parte de Equifax, una operación que refuerza el interés extranjero en el negocio de datos crediticios mexicano.

Qué hay detrás del apetito comprador

La aparente contradicción tiene explicación. En entornos de incertidumbre, la consolidación se vuelve estrategia: comprar competidores, integrar cadenas de valor o adquirir capacidades tecnológicas es una forma de ganar escala y resiliencia. México ofrece activos con valuaciones atractivas, un mercado interno grande y una posición geográfica que, pese a las tensiones, sigue siendo estratégica para quien exporta a Estados Unidos. El capital no ignora el riesgo; lo está pagando a un precio que considera conveniente.

Lo que significa para el ecosistema profesional

Un ciclo activo de fusiones y adquisiciones no es solo noticia para banqueros de inversión. Detrás de cada operación hay meses de trabajo para contadores, auditores y abogados: due diligence fiscal y financiero, valuación, revisión de precios de transferencia, estructuración corporativa y, en operaciones sensibles como las de burós de crédito, escrutinio ante las autoridades de competencia económica. Para las empresas medianas mexicanas, el mensaje es doble. Pueden ser objetivo de compra, y también protagonistas de una venta ordenada que capture el valor construido durante años.

La consecuencia práctica es prepararse. Una empresa con contabilidad limpia, cumplimiento fiscal al día y documentación en orden vale más y se vende mejor. El due diligence no perdona sorpresas, y el mejor momento para ordenar la casa es antes de que llegue el comprador.

¿Tu empresa está lista para resistir un due diligence, o hay pendientes que conviene resolver hoy? Déjanos tu opinión y suscríbete a nuestro newsletter para entender cómo se mueve el mercado corporativo mexicano.

Categoría: Cumplimiento Tiempo de lectura aproximado: 5 min

Pocas normas logran que el propio gremio contable encienda una alerta pública. El nuevo régimen antilavado lo consiguió esta semana: el Instituto Mexicano de Contadores Públicos advirtió que el endurecimiento de las reglas provocará el cierre de un mayor número de empresas si no logran adaptarse a tiempo. La fecha ya está en el calendario.

Qué cambió y desde cuándo

El 7 de agosto de 2026, la Secretaría de Hacienda publicó nuevas Reglas de Carácter General de la Ley Federal para la Prevención e Identificación de Operaciones con Recursos de Procedencia Ilícita. El cambio no es cosmético. Se incorpora un enfoque basado en riesgos, se refuerzan los requisitos de conocimiento del cliente y del beneficiario controlador, y se suman obligaciones específicas para los proveedores de servicios de activos virtuales. La entrada en vigor general está fijada para el 30 de noviembre de 2026, con transitorios que establecen plazos diferenciados para las obligaciones más críticas.

Por qué el gremio habla de cierres

La advertencia del IMCP no es alarmismo. Para muchas actividades vulnerables —inmobiliarias, comercializadoras de metales y joyas, plataformas de activos virtuales, entre otras— cumplir implica rediseñar procesos internos, capacitar personal y montar controles de identificación que antes no existían. Las empresas pequeñas y medianas son las más expuestas, porque el costo de cumplimiento no siempre está presupuestado y el margen para improvisar es mínimo. A ello se suma que la Unidad de Inteligencia Financiera ya emitió documentos de mejores prácticas dirigidos a sectores como transmisores de dinero y almacenes generales de depósito, señal de que la supervisión se está afinando sector por sector.

El reloj corre

La distancia entre hoy y el 30 de noviembre es corta para quien parte de cero. Identificar si tu empresa o tus clientes realizan actividades vulnerables, revisar las políticas de conocimiento del cliente, definir al beneficiario controlador y documentar todo con trazabilidad es un proyecto que toma semanas, no días. El antilavado dejó de ser un trámite anual para convertirse en un sistema de gestión de riesgo permanente.

Para contadores y asesores, este es también un momento de oportunidad: acompañar a los clientes en la transición es un servicio de alto valor en un contexto de sanciones crecientes. La pregunta que conviene hacerse hoy no es si la regla aplica, sino cuánto tiempo queda para cumplirla.

¿Tu empresa ya sabe si realiza una actividad vulnerable y qué debe ajustar antes de noviembre? Comparte esta entrada con quien deba tomar la decisión y suscríbete a nuestro newsletter para seguir el detalle de los transitorios.

Categoría: Fiscal Tiempo de lectura aproximado: 5 min

Hubo una época en que revisar la Miscelánea Fiscal una vez al año era suficiente. Esa época terminó. En apenas ocho días de agosto, el SAT liberó dos versiones anticipadas de la Segunda Modificación a la Resolución Miscelánea Fiscal 2026, y quien no las siguió de cerca pudo enterarse del cambio de la peor forma: con un comprobante rechazado.

Qué son las versiones anticipadas y por qué importan

Las versiones anticipadas son el mecanismo con el que el SAT ajusta reglas operativas antes de publicarlas de manera formal en el Diario Oficial de la Federación. Ahí se modifican plazos, facilidades administrativas, criterios de emisión de CFDI y requisitos de trámites. No son borradores inofensivos: en la práctica muchas de estas reglas empiezan a aplicarse de inmediato, porque marcan la forma correcta de timbrar, declarar o corregir en el momento en que se publican.

La sexta versión anticipada de la Segunda Modificación apareció el 13 de agosto, apenas una semana después de la quinta, del 6 de agosto. Esa cadencia semanal es la verdadera noticia. No hablamos de un cambio aislado, sino de un ritmo de actualización que convierte el cumplimiento fiscal en una tarea de monitoreo continuo.

El contexto: un año de reformas que aterrizan

Estas modificaciones no ocurren en el vacío. Son la afinación operativa del paquete de reformas al Código Fiscal de la Federación vigente desde enero de 2026, en el que destaca la fiscalización en tiempo real de plataformas digitales, en vigor desde abril. La autoridad está calibrando su maquinaria, y cada ajuste de la Miscelánea es una pieza de ese engranaje.

Por qué te afecta directamente

Para un contador o un responsable de cumplimiento, la consecuencia es concreta. Una regla modificada puede cambiar la validez de un CFDI, alterar un plazo de presentación o abrir o cerrar una facilidad que aplicabas sin problema el mes pasado. El costo de no enterarse no es teórico: se traduce en rechazos, en requerimientos y en correcciones que consumen tiempo y credibilidad frente a tus clientes o tu dirección.

La recomendación es simple de enunciar y exigente de cumplir: incorporar la revisión de las versiones anticipadas de la RMF a la rutina semanal del despacho o del área fiscal, no a la anual. En un entorno donde la autoridad publica cambios cada ocho días, la desactualización es el nuevo riesgo fiscal.

¿Tu equipo tiene un responsable de revisar las versiones anticipadas cada semana, o descubren los cambios cuando ya generaron un problema? Cuéntanos cómo lo resuelves y suscríbete a nuestro newsletter para recibir cada semana los cambios que sí importan.

Categoría: Jurídico Tiempo de lectura aproximado: 4 min

Pocas situaciones combinan tanto dolor y tanta incertidumbre como resolver las finanzas de un ser querido que fallece. Y una pregunta aparentemente técnica está a punto de recibir respuesta definitiva: los recursos de la afore que reciben los beneficiarios, ¿causan impuesto sobre la renta o están exentos? La Suprema Corte tiene la palabra.

El asunto que llegó al Pleno

El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación inició el análisis de la Contradicción de Criterios 49/2026, que resolverá el tratamiento fiscal de los recursos de las cuentas individuales de retiro que reciben los beneficiarios de un trabajador fallecido. La contradicción existe porque dos tribunales colegiados sostuvieron criterios opuestos: uno consideró que esos recursos deben gravarse con ISR y otro que corresponde una exención. Mientras la Corte no unifique el criterio, el resultado depende del circuito en el que se resuelva cada caso, una lotería jurídica que golpea justo cuando las familias son más vulnerables.

Por qué es una zona históricamente gris

El tema toca la frontera entre tres mundos que no siempre encajan: la seguridad social, la herencia y la renta gravable. Los recursos de una afore nacen de aportaciones para el retiro, pero al entregarse a un beneficiario adoptan un carácter cercano al de una herencia, y la ley fiscal no siempre ha sido nítida sobre cómo tratarlos. Esa ambigüedad ha permitido interpretaciones encontradas durante años. La definición del Pleno fijará un precedente obligatorio que dará certeza en un sentido o en otro, y con ello ordenará una práctica hoy dispar.

Lo que está en juego para asesores y familias

Para el fiscalista y el asesor patrimonial, la recomendación inmediata es prudencia. Mientras la Corte no resuelva, conviene mantener en suspenso las estrategias de retiro de recursos por parte de los beneficiarios, porque el criterio final podría cambiar si procede una retención de ISR o si se confirma la exención. La diferencia no es menor: impacta directamente el monto neto que recibe una familia en un momento delicado. Para el empresario y el trabajador, es un recordatorio de que la planeación patrimonial no termina con designar beneficiarios; también implica anticipar el tratamiento fiscal de lo que reciben.

Este es uno de esos casos en los que una decisión judicial trasciende lo técnico y se vuelve profundamente humana. Detrás de la Contradicción 49/2026 hay familias esperando saber cuánto del ahorro de toda una vida laboral llegará realmente a sus manos.

¿Sabes cómo se trataría fiscalmente la afore de tus seres queridos si tuvieras que reclamarla hoy? Es una conversación que vale la pena tener con tu asesor antes de necesitarla. Comparte esta información con quien pueda necesitarla, déjanos tu opinión y suscríbete a nuestro newsletter para conocer el fallo en cuanto la Corte lo emita.

Categoría: Tecnología / Fiscal Tiempo de lectura aproximado: 5 min

¿Qué pasa cuando el auditor que revisa tus cuentas ya no es una persona que llega por casualidad, sino un sistema que cruzó tu información antes de cualquier notificación? Esa es la realidad que el SAT consolida en 2026, y cambia por completo la forma en que se entiende el cumplimiento fiscal.

De la revisión aleatoria a la fiscalización predictiva

El fisco mexicano está migrando hacia un modelo apoyado en inteligencia artificial y análisis masivo de datos que cruza información bancaria en tiempo real. El objetivo declarado es eliminar el «factor sorpresa» y clasificar a los contribuyentes por patrones de riesgo, en lugar de seleccionarlos al azar. No es una tendencia local: responde a lineamientos impulsados por organismos como la OCDE y el Centro Interamericano de Administraciones Tributarias, que empujan a las autoridades fiscales del mundo hacia la analítica de datos. En México, ese enfoque aterriza en revisiones automáticas que detectan discrepancias entre los ingresos reales y los declarados.

Cómo trabaja la máquina

La inteligencia artificial no solo cruza cuentas bancarias. El SAT la aplica a la clasificación de contribuyentes de riesgo, a la automatización de procesos y a la detección de inconsistencias en los CFDI. Con esa base, la autoridad concentraría sus esfuerzos en unas 16,200 auditorías dirigidas específicamente a quienes presenten pérdidas constantes, utilicen facturas falsas o inflen sus deducciones. La selección deja de depender del criterio de un revisor y pasa a un algoritmo que compara, correlaciona y prioriza casos con una velocidad imposible para un equipo humano.

Lo que cambia para el contribuyente

Aquí está el impacto que conviene interiorizar: el cumplimiento deja de ser un evento anual y se vuelve permanente. Si el sistema cruza CFDI, declaraciones y flujos bancarios de forma continua, cualquier inconsistencia queda registrada mucho antes de que llegue un requerimiento. Para el contador y el director financiero, esto significa que la coherencia entre lo que se factura, lo que se declara y lo que se mueve en el banco tiene que sostenerse en todo momento, no solo al cierre del ejercicio. El viejo margen de maniobra que daba la lentitud del papeleo desaparece.

No es un motivo para el pánico, sino para la disciplina. Un contribuyente ordenado, cuyos números cuadran entre sí, tiene poco que temer de un auditor algorítmico; al contrario, la automatización reduce revisiones innecesarias y enfoca el escrutinio en los casos realmente anómalos. El riesgo se concentra en quien confiaba en pasar desapercibido: esa opción ya no existe.

¿Tu contabilidad resistiría un cruce automático entre CFDI, declaraciones y estados de cuenta hecho hoy mismo? Si la respuesta genera dudas, es momento de ordenar la casa antes de que el algoritmo lo haga por ti. Comparte esta reflexión con tu equipo, cuéntanos tu opinión en los comentarios y suscríbete a nuestro newsletter para entender hacia dónde va la fiscalización digital.

Categoría: Fiscal Tiempo de lectura aproximado: 5 min

Imagina que la auditoría ya no llega por sorteo, sino porque un modelo detectó que algo en tus números no encaja. Ese es el cambio de fondo del Plan Maestro de Fiscalización 2026: el SAT dejó de revisar al azar y ahora persigue perfiles de riesgo concretos. Conocer cuáles son es la mejor forma de no aparecer en la lista.

Un modelo de auditoría quirúrgico, no de red de arrastre

El SAT confirmó los criterios de su Plan Maestro de Fiscalización y Atención al Contribuyente 2026. La lógica es distinta a la de años anteriores: en lugar de revisiones generalizadas, la autoridad concentrará su esfuerzo en 11 conductas de alto riesgo. Con un padrón de más de 88 millones de contribuyentes activos, el fisco aclara que las revisiones no serán masivas ni aleatorias, sino selectivas y basadas en datos. Es fiscalización quirúrgica: menos volumen, más precisión.

Las señales que encienden la alerta

Entre las conductas que detonan una revisión destacan la facturación de operaciones inexistentes o nóminas simuladas, las pérdidas fiscales recurrentes sin justificación económica clara, las deducciones que exceden los límites autorizados o resultan simuladas, y los «saltos» de ingresos que no se reflejan en las declaraciones, tanto de personas físicas como morales. Pero hay un criterio más fino que pocos vigilan: la contribución sectorial baja. Cuando la tasa efectiva de impuesto de un contribuyente queda por debajo del promedio de su sector económico, el sistema lo interpreta como señal de planeación agresiva o subdeclaración. Es, quizá, la bandera roja más silenciosa de todas.

Qué significa esto para tu operación diaria

Aquí la información se vuelve acción. Para el contador y el empresario, la tarea concreta es autoevaluarse antes de que lo haga la autoridad. Comparar la tasa efectiva propia contra el promedio del sector deja de ser un ejercicio académico y se convierte en una defensa preventiva. Depurar deducciones, documentar la sustancia económica de las pérdidas y verificar que los ingresos declarados reflejen la realidad operativa son pasos que reducen el perfil de riesgo. No se trata de pagar más por miedo, sino de que las cifras cuenten una historia coherente y sustentada.

El trasfondo es que la fiscalización de 2026 premia la consistencia y castiga la opacidad. Un contribuyente cumplido con buena documentación tiene poco que temer; uno que arrastra inconsistencias, aunque sean involuntarias, entra sin saberlo en un modelo que ya lo tiene identificado. La diferencia entre ambos no siempre es la intención, sino el orden.

¿Sabes cómo se compara tu tasa efectiva con la de tu sector? Si nunca lo has revisado, este es el momento de hacerlo con tu asesor. Comparte estas señales con tu equipo contable, deja tus dudas en los comentarios y suscríbete a nuestro newsletter para anticiparte a cada movimiento de la autoridad.

Categoría: Jurídico Tiempo de lectura aproximado: 5 min

Durante años, la respuesta ante un bloqueo de cuentas parecía clara: promover un amparo y pedir la suspensión provisional para recuperar el acceso mientras se resolvía el fondo. Ese reflejo acaba de quedar en entredicho, y el cambio reordena por completo la estrategia de defensa en materia de antilavado.

Qué cambió con el nuevo criterio

Un criterio judicial difundido esta semana sostiene que la suspensión provisional en el juicio de amparo ya no procedería contra la inclusión de una persona o empresa en la Lista de Personas Bloqueadas de la Unidad de Inteligencia Financiera, cuando ese bloqueo deriva de sus facultades legales. En otras palabras, la carta procesal que servía para descongelar cuentas de inmediato pierde eficacia. El criterio no surge en el vacío: se apoya en la reforma a la LFPIORPI publicada en el Diario Oficial de la Federación el 16 de julio de 2025 y en decisiones de la Suprema Corte que, en abril de 2026, confirmaron el bloqueo de cuentas en dos asuntos concretos.

De la defensa reactiva a la prevención real

El efecto práctico es un cambio de eje. Si el amparo deja de frenar el congelamiento, el valor se traslada de la defensa reactiva hacia la prevención. Ya no basta con tener un abogado listo para litigar; lo que protege es no entrar a la lista en primer lugar. Y esa prevención tiene nombre y forma: el nuevo marco de prevención de lavado de dinero endurece las obligaciones para actividades vulnerables. Se exige un enfoque basado en riesgos, monitoreo de personas políticamente expuestas, programas anuales de capacitación, mecanismos automatizados de monitoreo permanente y auditorías internas o externas.

Por qué esto te toca directamente

Para el oficial de cumplimiento, el mensaje es incómodo pero claro: el programa de PLD dejó de ser un requisito administrativo y se volvió la primera y principal línea de defensa. Para el fiscalista y el abogado corporativo, implica revisar expedientes, screening de listas y tiempos de aviso con una exigencia que antes se delegaba a la etapa contenciosa. Un cliente cuya cuenta se congela ya no tiene la red de seguridad que daba por hecha, y el costo de reaccionar tarde se dispara: sin acceso a cuentas, una operación puede paralizarse en cuestión de días.

La zona gris entre las facultades de la UIF y las garantías del contribuyente sigue siendo terreno de debate, y este criterio no es la última palabra. Pero ignorar la señal sería un error. La prudencia hoy consiste en asumir que el bloqueo es difícil de revertir por la vía rápida y, por tanto, en invertir donde de verdad rinde: en no llegar a ese punto.

¿Tu programa de prevención está diseñado para evitar el bloqueo, o solo para reaccionar cuando ya ocurrió? Es la pregunta que conviene responder antes de que sea tu cliente el que llame con la cuenta congelada. Comparte este análisis con tu equipo de compliance y suscríbete a nuestro newsletter para seguir cada movimiento en materia de antilavado.

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