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Estar en la lista del 69-B no es el final: lo que muestra el caso Bernabastos

Mazo de juez sobre un documento oficial, ilustrando la defensa contra el listado 69-B del SAT

Categoría: Defensa fiscal Tiempo de lectura aproximado: 4 min

Cada vez que el SAT publica un listado 69-B, el miedo se esparce en los despachos. Pero la edición del DOF del 9 de octubre trae una señal poco comentada: un oficio definitivo del 69-B Bis quedó sin efectos tras acudir a un medio de defensa.

Qué publicó el DOF

El 9 de octubre de 2026 el DOF difundió oficios del SAT con un listado global de presunción conforme al artículo 69-B, primer párrafo, del Código Fiscal de la Federación, y dos listados globales definitivos conforme al cuarto párrafo. En la misma publicación apareció el oficio 900 04 00 00 00 2026-703, que informa que Bernabastos, S.A. de C.V. promovió un medio de defensa contra el oficio definitivo del 69-B Bis y que el órgano jurisdiccional dejó sin efectos ese acto.

Por qué el listado 69-B no es sentencia

El listado 69-B tiene consecuencias serias: quien aparece como definitivo queda señalado y quienes operaron con él enfrentan el riesgo de no deducir ni acreditar. Pero el caso Bernabastos recuerda que existen vías de defensa y que un acto del SAT puede perder efectos.

El detalle de los argumentos que prosperaron no se conoce en la publicación, así que no conviene extrapolarlo. Lo que sí es verificable es que el DOF reconoce el resultado, y eso sirve de referencia para estrategia.

Cómo usar este listado 69-B en tu despacho

Primero, cruza proveedores y clientes contra los listados del DOF con una periodicidad fija. Segundo, si un contribuyente aparece, revisa plazos: los de desvirtuar y los de impugnar son estrictos. Tercero, integra la materialidad de las operaciones: contratos, evidencia de servicio, pagos y comunicaciones.

La prevención es más barata que la defensa. Una revisión trimestral de proveedores contra el listado 69-B puede ahorrar contingencias que luego toman años en litigarse.

Vale también contar la otra cara: que un acto se anule no significa que el camino sea fácil. Requiere asesoría especializada, pruebas y constancia.

¿Tu despacho cuenta con un procedimiento para vigilar el listado 69-B? Cuéntanos en comentarios cómo lo haces, comparte esta nota y suscríbete a nuestro newsletter para recibir cada semana lo esencial en materia fiscal.

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