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Manejar anticipos y parcialidades en grandes proyectos es uno de los temas más delicados para el SAT, ya que la línea entre un «pago a cuenta» y un «pago por avance de obra» suele ser delgada.

¿Anticipo o Pago Programado?

Para el SAT, solo existe un anticipo cuando No se conoce el bien o servicio que se va a entregar o No se conoce el precio total pactado.

En grandes proyectos (construcción, ingeniería, software a medida), si ya existe un contrato que define el monto total y las etapas, el SAT considera que los pagos son parcialidades (pago de lo devengado) y no anticipos. 

Los profesionales de la contaduría y administración deben conocer y dominar los criterios de la autoridad para evitar errores en el proceso de facturación, aún cuando la ley queda sujeta a interpretación propia.

Estos son alguno puntos par tomar en cuenta:

  • Emisión de CFDI de anticipos o adelanto de obra.
  • Diferencia de un anticipo en términos fiscales vs financieros
  • Opción de disminuir los anticipos acumulados según regla 3.2.24
  • Ajustes a la plataforma de declaraciones por falta de interpretación de los vínculos incorporados.
  • Efectos legales y contables cuando la operación considera más de 1 ejercicio fiscal.
  • Emisión de CFDI de un depósito en garantía.
  • Ajustes y retenciones en contratos de obra pública.

Riesgos de Auditorías 

El SAT pone especial lupa en la materialidad. No basta el CFDI; en grandes proyectos exigen contratos, bitácoras de obra, entregables y estados de cuenta.

Si el SAT detecta que llamaste «anticipo» a algo que ya era una «parcialidad» definida, podrían argumentar que omitiste el acumulado del ingreso para ISR de forma prematura.

En proyectos de servicios especializados (REPSE), las retenciones deben ir amarradas al flujo de efectivo reportado en los complementos de pago.

IDET CONSILIUM  es una Institución especializada en transferencia de conocimiento y experiencia para la comunidad de contadores Públicos, fiscalistas, auditores, abogados tributarios, asesores empresariales, personal de finanzas, recursos humanos, compliance y profesionales que gestionan CFDI, contratos, obra pública, ingresos anticipados y efectos fiscales complejos.

Te invitamos a estar pendiente del próximo curso en línea CFDI de Anticipos y Parcialidades en el que se abordarán estos y temas de la mano de nuestros expositores que cuentan con amplia experiencia forjada en la academia y la práctica. Recuerda que:

¡CONOCIMIENTO ES PODER!

Para el Contador Público moderno, la mirada suele estar fija en las grandes leyes federales: ISR e IVA. Sin embargo, la verdadera optimización de la carga tributaria y el cumplimiento preventivo residen hoy en un terreno menos explorado pero igualmente crítico: el Sistema Nacional de Coordinación Fiscal (SNCF) y las potestades de los estados y municipios.

El SNCF no es solo un marco administrativo; es el pacto que define cómo se distribuye la riqueza tributaria en el país. Al ser analizado integralmente, el contador comprende por qué ciertas facultades son exclusivas de la Federación y bajo qué convenios los Estados reciben participaciones a cambio de limitar su potestad en ciertos impuestos.

Aunque la Federación concentra la mayor recaudación, los Estados y Municipios poseen facultades para crear y administrar sus propios gravámenes. Ignorar estas disposiciones no solo conlleva riesgos de multas, sino que priva a las empresas de beneficios fiscales regionales.

Los pilares de la tributación local se soportan en 2 impuestos:

  • Impuestos Estatales: El Impuesto Sobre Nóminas (ISN) es el protagonista. Con tasas que oscilan entre el 2% y el 4.5% según la entidad, su cálculo varía significativamente dependiendo de qué conceptos se consideran parte de la base salarial en cada código financiero estatal.
  • Impuestos Municipales: El Impuesto Predial y el Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles (ISAI) son las fuentes primarias. Aquí, la base suele ser el valor catastral, y su optimización depende de una correcta valuación y el aprovechamiento de estímulos por pago anticipado.

Los profesionales de la contaduría pública y la administración que se desempeñan en empresas o como asesores externos deben conocer estos impuestos a través de un análisis integral del sistema de coordinación fiscal en México, las potestades tributarias de los Estados y los principales impuestos estatales y municipales, incluyendo su base, cálculo y comparativa, para optimizar la comprensión y el cumplimiento de las disposiciones fiscales locales.

Te invitamos a estar pendiente de los próximos cursos que IDET CONSILIUM, institución especializada en la transferencia de conocimiento, impartirá en su modalidad en línea. Recuerda que:

¡CONOCIMIENTO ES PODER!

SAT emite la Resolución Miscelánea Fiscal y las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026

Con el fin de facilitar el cumplimiento de las obligaciones fiscales, el Servicio de Administración Tributaria emitió la Resolución Miscelánea Fiscal y sus Anexos (RMF), así como las Reglas Generales de Comercio Exterior (RGCE) que entran en vigor este 2026.

Entre otras, las disposiciones dan a conocer a los contribuyentes cómo realizar su inscripción en el RFC, obtener su e.firma, presentar sus declaraciones y sus solicitudes de devolución de saldos a favor.

Los profesionales de la contaduría pública y administración no solo deben conocer, sino dominar la miscelánea fiscal 2026. La máxima de que el desconocimiento no nos exime de la responsabilidad. Poner en el radar estas disposiciones evita omisiones y permite a los contribuyentes operar sin complicaciones y cumplir con la ley.

Estos son algunos temas a revisar:

• Se eliminan requisitos de los trámites y se establecen, en algunos casos, formatos para facilitar su presentación. 

• Se realizan reformas a las reglas relacionadas con la emisión de comprobantes fiscales que amparan hidrocarburos, para combatir y prevenir esquemas de evasión y simulación fiscal relacionados con el mercado ilícito de combustible. 

• Se dan a conocer las reglas de operación para obtener beneficios otorgados en la Ley de Ingresos de la Federación para el ejercicio fiscal de 2026: 

✓ Programa de Regularización Fiscal. 

✓ Repatriación de capitales. 

• Derivado de la reforma al Código Fiscal de la Federación:

✓ Se reforman las reglas para trámites de pago a plazos y pago en parcialidades, a efecto de permitir el pago a plazos de créditos fiscales en materia aduanera. 

✓ Se precisa la información con carácter fiscal que las plataformas digitales deben poner a disposición del SAT.

✓ Se indica la forma en que los contribuyentes deberán ofrecer la garantía del interés fiscal.

• Con motivo de la reforma a la Ley del Impuesto Especial sobre Producción y Servicios, se incorpora la regulación correspondiente a juegos con apuestas y sorteos en línea, así como a bebidas saborizadas. 

Por su parte, las Reglas Generales de Comercio Exterior para 2026 incluyen medidas para continuar fortaleciendo el combate a prácticas abusivas e implementando acciones de simplificación y de recaudación.

En ese sentido, se publicaron las reglas y anexos necesarios para la operación del nuevo acuerdo de circunscripción de las aduanas y las secciones aduaneras.

Asimismo, se detalla la forma en que los diversos actores de comercio exterior deberán implementar las reformas contenidas en la Ley Aduanera. Por ejemplo, para acreditar sus operaciones de comercio exterior, y la forma de integrar el expediente electrónico respectivo.

IDET CONSILIUM es una institución especializada en transferencia de conocimiento para la comunidad de contadores,  fiscalistas y profesionales que se desempeñan en empresas y como consultores externos. 

Te invitamos a estar pendiente de nuestros próximos cursos en línea en los que trataremos los temas relacionados a la MISCELÁNEA FISCAL 2026.  Recuerda que:

¡CONOCIMIENTO ES PODER!

Algunos expertos coinciden que la tendencia dominante para el ejercicio fiscal 2026 en México es clara: un fortalecimiento sin precedentes de las facultades de fiscalización y recaudación por parte del Servicio de Administración Tributaria (SAT) y un incremento en la presión fiscal en sectores específicos.

Priorizar la Estrategia de Cumplimiento (Compliance) a un nivel de riesgo cero. Es fundamental que las empresas y personas físicas revisen y auditen internamente la materialidad de sus operaciones, la correcta emisión y recepción de CFDI, y el estricto cumplimiento de los nuevos requisitos del CFF, pues las consecuencias de una irregularidad se han vuelto significativamente más graves y rápidas.

Es de suma importancia para los profesionales de la contaduría pública, fiscalistas, abogados y directivos conocer los puntos clave de las reformas que entrarán en vigor en 2026.

Estas son algunas líneas relevantes:

  1. Combate a la Evasión y CFDI Falsos (CFF). Este es, sin duda, el pilar central de las reformas. La autoridad busca cerrar las brechas para operaciones inexistentes o simuladas.
  2. Retención y Fiscalización en Plataformas Digitales Se busca actualizar el marco fiscal para la economía digital, extendiendo obligaciones y aumentando las tasas.
  3. Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS). Hay un ajuste al alza y la ampliación de la base de este impuesto para ciertos productos.
  4. Aumento en Tasas de Recargos. Para desincentivar la mora y los pagos diferidos, las tasas de recargos aumentarán:
  5. Procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE) Se elimina la exención que permitía a los contribuyentes impugnar créditos fiscales mediante el Recurso de Revocación sin la obligación de garantizarlos.

En IDET CONSILIUM nos especializamos en la transferencia de conocimiento validado para la comunidad de contadores, abogados, fiscalistas, directivos y ejecutivos en temas tributarios de gran relevancia para los contribuyentes.

Te invitamos a estar pendiente de nuestro próximo CURSO EN LINEA ACTUALIZACION FISCAL 2026. Recuerda que:

¡CONOCIMIENTO ES PODER!

La Reforma Agraria de 1992 marcó el inicio de la inversión privada en tierras ejidales para desarrollos inmobiliarios, sin embargo, a pesar de han transcurrido más de 30 años, aún sigue siendo un proceso complejo y tardado que se sujeta a diversas interacciones sociales que requieren muchas veces información jurídica veraz. 

Los profesionales que se encuentran inmersos en este sector deben desarrollar competencias que les permitan no sólo conocer, sino también dominar los temas jurídicos de este sector, ya que la falta de un proceso claro y una debida diligencia legal adecuada puede generar incertidumbre y riesgos, ya que la propiedad ejidal no siempre está inscrita en el Registro Público de la Propiedad de la misma manera que la propiedad privada.

¿Cuál es el marco jurídico del Régimen Agrario?

El marco legal del régimen agrario en México se sustenta principalmente en: 

Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos. Artículo 27: Este es el artículo clave que sienta las bases de la propiedad y la distribución de la tierra en México. Propiedad Social, limitaciones de la propiedad y tribunales agrarios.

Ley Agraria. Ley reglamentaria del Artículo 27 Constitucional en materia agraria. Su objetivo principal fue adecuar el marco legal a las nuevas realidades económicas y sociales, y dar mayor certeza jurídica a la propiedad y posesión de la tierra en el campo.

Reglamento de la Ley Agraria en Materia de Ordenamiento de la Propiedad Rural: Este reglamento complementa la Ley Agraria, estableciendo procedimientos específicos para el ordenamiento de la propiedad rural y la expropiación de terrenos ejidales y comunales.

Si eres un profesional que se desempeña dentro de una empresa inmobiliaria o relacionada, eres externo, inversionista o dueño. Es de suma importancia para la viabilidad operativa y jurídica, conocer y dominar el soporte legal del Régimen Agrario.

En IDET CONSILIUM expertos en temas jurídicos con gran reconocimiento en México imparten cursos, talleres, seminarios y diplomados con orientación 100% práctica en temas relacionados a diversas industrias. Nuestra experiencia exitosa de más de 30 años, nos ha consolidado como Líderes en Transferencia de Conocimiento en México.

Te invitamos a nuestro próximo curso RÉGIMEN AGRARIO EN EL SECTOR INMOBILIARIO en el que abordaremos a detalle los componentes relevantes de interés de los profesionales del sector inmobiliario. Recuerda que:

¡CONOCIMIENTO ES PODER!

La Cuenta de Capital de Aportación (CUCA) es un registro fiscal fundamental para las personas morales en México, que tiene como principal objetivo identificar el monto de capital aportado por los socios o accionistas a la empresa.

Su tratamiento fiscal es crucial, especialmente al momento de reembolsos de capital o distribución de dividendos, ya que ayuda a determinar si dichas operaciones generan o no un impuesto adicional.

La principal función de la CUCA en materia fiscal es diferenciar las aportaciones de capital de las utilidades generadas por la empresa. Esto tiene implicaciones directas en:

1. Reembolso o Reducción de Capital

2. Distribución de Dividendos

3. Actualización por Inflación

4. Aportaciones y Reducciones

Los profesionale de la contaduría pública y la administración que trabajan directamente o de manera externa con personas morales deben dominar el manejo fiscal de la CUCA ya que tiene implicaciones en la planeación fiscal y de manera práctica cuando hay operaciones de reestructuración de capital, fusiones, escisiones o liquidaciones. Llevar el soporte documental de las actas de asamblea y comprobantes que acrediten las aportaciones y reducciones de capital para justificar los saldos de la CUCA ante cualquier requerimiento de la autoridad fiscal.

En IDET CONSILIUM nos especializamos en transferir conocimiento a la comunidad de contadores y profesionales que trabajan con empresas y despachos. A través de nuestros programas de educación continua: cursos, talleres, seminarios y diplomados impartidos por expositores de alto nivel y reconocimiento nacional.

Te invitamos a estar pendiente de nuestro próximo CURSO EN LINEA REGIMEN FISCAL DE LOS DIVIDENDOS, en el que abordaremos aplicaciones 100% prácticas del tratamiento fiscal de dividendos, utilidades, CUCA y CUNFINRE, evitando contingencias y optimizando decisiones estratégicas. Recuerda que:

¡CONOCIMIENTO ES PODER!

Ya está aquí la iniciativa de Ley de Ingresos de la Federación para el 2026 que es altamente probable pase sin problema y se haga vigente a partir de enero.

El gobierno federal contará con ingresos por 10.1 billones de pesos, un 12.4% más que el aprobado de este año 2025.

Los profesionales de la contaduría pública y administración que se desempeñan en áreas fiscales y financieras dentro de las empresas o como consultores externos deben realizar un análisis detallado de los cambios y los ajustes. Obtener diversas perspectivas y ópticas les permitirán, sin duda, reducir el grado de incertidumbre de las variables de las empresas.

Un tema relevante en especial, es la pregunta de ¿De donde se van a obtener los ingresos para alcanzar las metas presupuestales?

Para incrementar los ingresos, se propone un aumento al Impuesto Especial sobre Producción y Servicios (IEPS) en diversos productos, una medida popularmente conocida como «impuestos saludables

  • Bebidas azucaradas: Se propone elevar el IEPS en refrescos a 3.0818 pesos por litro, un incremento del 87.3% con respecto al año anterior. La medida busca desincentivar el consumo y mitigar problemas de salud como el sobrepeso y la obesidad.
  • Tabaco y videojuegos: También se aplicarán aumentos al IEPS en productos de tabaco y se considera un impuesto especial a los videojuegos con contenido violento, una iniciativa que refleja el enfoque en salud pública y bienestar social.

Y como es de esperase la autoridad fiscal busca fortalecer sus capacidades para prevenir y sancionar la evasión y el fraude fiscal, en especial combatir los falsos comprobantes fiscales y las llamadas “empresas fantasma”.

Por supuesto que es necesario hacer un análisis minucioso de la iniciativa, porque como todos sabemos “el diablo está en los detalles” y más en temas fiscales.

En IDET CONSILIUM nos especializamos en transferir conocimiento a la comunidad de profesionales de la contaduría pública, la administración y áreas fiscales a través de nuestros programas de educación continua impartidos por expositores de alto reconocimiento a nivel nacional, forjados en la academia y la práctica.

Te invitamos a estar pendiente de nuestro próximo curso en línea INICIATIVAS DE REFORMAS FISCALES 2026 en donde abordaremos análisis detallado y de aplicación 100% práctica. Recuerda que:

¡CONOCIMIENTO ES PODER!

Un régimen fiscal es el conjunto de normas y reglas establecidas por la autoridad tributaria (en México, el Servicio de Administración Tributaria o SAT) que determinan cómo las personas y las empresas deben cumplir con sus obligaciones fiscales.

Las empresas y organizaciones tienen obligaciones fiscales más amplias y complejas derivadas de la naturaleza de sus operaciones y cómo éstas se relacionan con los productos y servicios que comercializan. 

El impuesto sobre la renta, al valor agregado, impuestos especiales sobre producción y servicios, impuestos sobre automóviles nuevos y otros impuestos dependiendo de su actividad económica en adición a impuestos estatales y locales; son algunas cargas fiscales que las empresas deben reportar y determinar para pago a la autoridad fiscal.

Los regímenes fiscales para personas morales se encuentran descritos principalmente en la Ley del Impuesto sobre la Renta (LISR) y, de manera complementaria, en el Código Fiscal de la Federación (CFF) y las Resoluciones Misceláneas Fiscales.

A continuación las enumeramos:

Régimen General de Ley. Es la más común para sociedades mercantiles en México, permiten un amplio rango de actividades económicas.

Régimen Simplificado de Confianza. También conocido como RESICO que ofrece tasas de impuestos reducidas para pymes con ingresos anuales menores a 35 millones de pesos.

Régimen de las Personas Morales con Fines no Lucrativos. Para organizaciones sin fines de lucro que desean captar donativos deducibles de impuestos.

Régimen de Coordinados. Enfocado exclusivamente a empresas de autotransporte terrestre de carga o pasajeros.

Régimen de Actividades Agrícolas, Ganaderas, Silvícolas y Pesqueras. Por sus siglas conocidas como AGAPES. Permite exención parcial de ISR y ofrece deducciones especiales para empresas de estas actividades.

Régimen de las Empresas Maquiladoras. Está enfocado a empresas que operan bajo el programa IMMEX, ofrece incentivos fiscales y facilidades en comercio exterior.

Régimen de Sociedades de Producción. Este régimen se distingue por ofrecer un tratamiento fiscal especial que permite a estas sociedades diferir el pago del ISR, con la condición de que los rendimientos se reinviertan en la propia cooperativa.

Los profesionales de la contaduría pública y administración que se desempeñan dentro de los entes económicos o como asesores externos en despachos de consultoría fiscal deben contar con fuertes competencias y mantenerse actualizados, ya que las personas morales y sus regímenes representan un alto reto profesional debido a su complejidad.

En IDET CONSILIUM nos especializamos en la transferencia de conocimiento a la comunidad de profesionales de la contaduría pública y la administración a través de nuestros programas de educación continua. 

Te invitamos a estar pendiente de nuestro próximo curso en línea; RÉGIMEN FISCAL DE DE LAS PERSONAS MORALES, en el que abordaremos temas relevantes relacionados a lo que compartimos en este artículo.

Recuerda que: ¡CONOCIMIENTO ES PODER!

El Procedimiento Administrativo de Ejecución (PAE), es un medio de coacción con que está facultado el Instituto Mexicano de Seguro Social (IMSS), para exigir el pago de las cuotas obrero patronales y demás créditos fiscales a que tenga derecho que no hayan sido cubiertos o garantizados, el cual se encuentra debidamente regulado en el artículo 145 del Código Fiscal de la Federación (CFF).

Una de las principales obligaciones del Patrón ante el IMSS es la de determinar las cuotas obrero patronales a su cargo y enterar su importe al Instituto dentro de los plazos que establece la Ley del Seguro Social (LSS). Las cuotas obreros patronales que no hubieren sido cubiertas o garantizadas dentro de los plazos señalados, el IMSS como organismo fiscal tiene facultad de exigir el pago mediante el PAE, por lo que se analizará en qué momento legalmente puede ser aplicado así como los plazos y medios de defensa que se pueden interponer.

Los profesionales de la contaduría pública y administración que se desempeñan dentro de las empresas o como consultores externos deben conocer los procedimientos de la autoridad fiscalizadora, el IMSS en este caso, para poder actuar en consecuencia en los casos en los que se inicie algún procedimiento administrativo de ejecución contra el patrón.

Conocer las etapas del Procedimiento Administrativo de Ejecución del IMSS permitirá a la empresa anticiparse a los tiempos y realizar una correcta defensa ante el IMSS.

Estas son las etapas que hay que tener en el radar:

  1. Mandamiento de Ejecución;
  2. Notificación del Mandamiento de Ejecución
  3. Requerimiento de Pago;
  4. Embargo;
  5. Remoción de Depositario;
  6. Avalúo;
  7. Convocatoria a Remate;
  8. Remate;
  9. Adjudicación de los Bienes; y
  10. Aplicación de Producto del Remate.

El IMSS debe garantizar que sus actos se emitan con apego a la legalidad y seguridad jurídica. Por su parte el patrón tiene derecho a ser notificado legalmente de todas las etapas del procedimiento y conocer el monto exacto del adeudo y los conceptos de lo integran, entre otros derechos.

En IDET CONSILIUM nos especializamos en la transferencia de conocimiento a la comunidad de profesionales de la contaduría pública y administración a través de nuestros programas de educación continua diseñados por expositores con amplio reconocimiento a nivel nacional forjados en la academia y la práctica.

Te invitamos a estar pendiente de nuestro próximo curso en línea: COMO DEFENDERSE ANTE EL IMSS Y OTROS ORGANISMOS LABORALES en el que se abordarán este y otros temas de gran interés. Recuerda que:

¡CONOCIMIENTO ES PODER!

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