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Impuesto mínimo global: si México no cobra el 15%, otro país lo hará

Globo terráqueo junto a un 15 por ciento y un documento del Pilar Dos de la OCDE sobre el impuesto mínimo global.

Categoría: Economía

Tiempo de lectura aproximado: 6 min

Imagina pagar impuestos en México y descubrir que otro país cobra la diferencia sobre esas mismas utilidades. Ese escenario dejó de ser hipotético para los grandes grupos empresariales, y 2026 es el año para tomarlo en serio.

El impuesto mínimo global del 15 por ciento, conocido como Pilar Dos de la OCDE, ya está vigente a escala internacional para los grupos multinacionales con ingresos consolidados superiores a 750 millones de euros. Su lógica es simple: cerrar la puerta a la planeación fiscal agresiva asegurando que esas utilidades tributen al menos ese porcentaje en algún lugar.

Qué es el impuesto mínimo global y a quién aplica

El impuesto mínimo global surge del proyecto BEPS de la OCDE y el G20 para frenar la erosión de la base gravable. Bajo las reglas GloBE, si un grupo tributa por debajo del 15 por ciento en una jurisdicción, otra jurisdicción donde opere puede cobrar el impuesto complementario, el llamado top-up tax.

Aplica a los grandes grupos multinacionales, no a las pymes, pero su efecto se ramifica a toda la cadena de subsidiarias, proveedores y estructuras corporativas vinculadas.

La situación de México

México ha manifestado su intención de sumarse al marco, pero su implementación en la legislación nacional aún está en desarrollo. Aquí está el riesgo silencioso: la ausencia de reglas locales no protege a las empresas.

Si México no cobra el impuesto mínimo global sobre utilidades poco gravadas en su territorio, las casas matrices en otras jurisdicciones que ya lo aplican pueden hacerlo por él. En la práctica, se cede recaudación a otros países mientras se espera la ley doméstica.

Por qué actuar en 2026

Los especialistas coinciden en que este es el año para prepararse. Eso implica mapear la tasa efectiva por jurisdicción, reforzar la documentación de precios de transferencia y anticipar el impacto del impuesto mínimo global antes de que se vuelva una sorpresa en el cierre fiscal.

Para un director financiero, esperar la legislación local puede salir caro. La exposición ya existe; lo que falta es medirla.

¿Sabes cuál es la tasa efectiva de tu grupo por jurisdicción frente al impuesto mínimo global? Comparte esta entrada con tu consejo y suscríbete al newsletter de IDET Consilium para seguir la implementación de Pilar Dos en México.

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