El 1 de abril de 2026 entró en vigor el periodo oficial para la presentación de la Declaración Anual del ejercicio 2025 correspondiente a personas físicas. El SAT habilitó el portal con más facilidades: devoluciones automáticas de saldo a favor en promedio de 4.5 a 5 días hábiles (cuando no se realizan ajustes manuales), simplificación de requisitos de e.firma y simulador disponible desde el primer día. Personas morales ya habían cerrado su plazo el 31 de marzo.
Este arranque del periodo de cumplimiento anual llega con un enfoque de mayor agilidad para los contribuyentes personas físicas, particularmente para quienes esperan saldo a favor y buscan recuperar recursos en menor tiempo, siempre que la declaración se presente correctamente y sin inconsistencias.
Para contadores, abogados fiscalistas y contribuyentes personas físicas significa que ya está abierto el plazo y que las devoluciones llegarán más rápido que en años anteriores si se presenta sin inconsistencias. Directores financieros o asalariados con saldo a favor deben revisar deducciones personales (médicas, colegiaturas, hipoteca, etc.) antes del 30 de abril para maximizar devolución; un error o ajuste manual puede retrasar el depósito hasta 40 días hábiles.
Además, es importante considerar que los obligados a declarar enfrentan multas de hasta $50,710 si omiten el trámite. Por ello, aunque el proceso presenta facilidades, sigue siendo fundamental revisar cuidadosamente la información antes de enviar la declaración.

